domingo, 29 de noviembre de 2009

Despido colectivo

Se entiende por despido colectivo la extinción por parte del empresario de los contratos de trabajo, fundada en causas económicas, técnicas, cuando, en un período de noventa días , la extinción afecta al menos a :
  • Diez trabajadores, en las empresas que ocupen menos de cien trabajadores.
  • El 10% del número de trabajadores de la empresa en aquellas que ocupen entre 100 y 300 trabajadores.
  • Treinta trabajadores en las empresas que ocupan trescientos o más trabajadores.

Asimismo , cuando la extinción de los contratos de trabajo afecte a la totalidad de la plantilla de la empresa, siempre que el número de trabajadores afectados sea superior a cinco y el despido se produzca como consecuencia de la cesación total de la actividad empresarial.

El despido colectivo se ampara en tres características:

  • Cuantitativo: que afecte a un número determinado de trabajadores
  • Cualitativo: que se fundamente en las mencionadas causas.
  • Periodo de referencia: en un periodo de noventa días

diferentes formas de despido


jueves, 26 de noviembre de 2009

LA REGULACIÓN DE EMPLEO

Es un procedimiento administrativo-laboral de carácter especial dirigido a obtener de la Autoridad Laboral competente autorización para suspender o extinguir las relaciones laborales cuando concurran determinadas causas y garantizando los derechos de los trabajadores. Cuándo se sigue este procedimiento:



  1. Despido colectivo fundado en causas económicas, técnicas , organizativas o de producción.

  2. Suspensión o extinción de la relación laboral por fuerza mayor.

  3. Suspensión de la relación laboral fundada en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción

  4. Extinción de la relación laboral por extinción de la personalidad jurídica del contratante.

miércoles, 25 de noviembre de 2009

La extinción también se declarará nula en el caso de la amortización de puesto de trabajo, cuando se haya efectuado en fraude de ley eludiendo las normas establecidas para los despidos colectivos.
EXTINCIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO POR CAUSAS OBJETIVAS

Las causas habilitadoras de este tipo de despido vienen reguladas en el artículo 52ET, y son las siguientes:



  1. Ineptitud conocida o sobrevenida del trabajador

  2. Falta de adaptación del trabajador a las modificaciones del puesto

  3. Amortización de puesto de trabajo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.

  4. Absentismo laboral


La extinción se declarará nula cuando:



  1. No se hubiesen cumplido las formalidades legales de la comunicación escrita, con expresión de la causa, es decir, cuando no se establezca la causa o se haga de modo totalmente insuficiente.

  2. No se pusiese a disposición del trabajador la indemnización correspondiente

  3. Resulta discriminatoria o contraria a los derechos fundamentales y libertades públicas del trabajador, habiendo de hacerse la declaración de oficio, es decir, si el Juez adquiere la convicción de que éste fue el móvil, cuando la nulidad no se pide por la parte actora.

jueves, 19 de noviembre de 2009

carta de despido

La constancia escrita en la notificación del despido se plasma en lo que denominamos "carta de despido".Ésta la podemos definir como el instrumento por medio del cual el empresario notifica por escrito al trabajador la extinción de su contrato de trabajo, como consecuencia de la comisión por parte del mismo de un incumplimiento grave y culpable del mismo.

La finalidad de la carta de despido.

La doctrina jurisprudencial ha reiteradamente declarado que la formalización del despido obedece a la finalidad fundamental de impedir la indefensión del trabajador, es decir, permitirle conocer los hechos y las causas por los que se le despide, para, posteriormente y en base a ello, preparar su defensa.Exige asimismo que la comunicación escrita suministre al trabajador un conocimiento suficiente y preciso de los hechos imputados en la carta de despido.

Contenido de la carta de despido.

No basta citar simplemente los preceptos legales, esto es:"Le despido por transgresión de la buena fe contractual", ya que existe una multitud de supuestos de hecho que pueden ser incluidos en esas causas de despido. Al trabajador le tienen que quedar suficientemente claros e inequívocos los hechos que se le imputan para que comprendiendo sin dudas racionales el alcance de aquéllos, pueda impugnar la decisión empresarial y preparar los medios de prueba.

Fecha. Como segundo requisito en cuanto al contenido de la carta de despido, el artículo 55.1 del ET establece que se debe reflejar la fecha del despido real y efectivo, es decir , la fecha a partir de la cual se extingue la relación laboral.

Firma del despido.

La carta de despido ha de ser firmada por persona que ostente tal capacidad, si no es así,puede entenderse que existe una falta de forma en la carta de despido ,lo que conllevará a considerar tal despido como improcedente. No obstante, cuando la carta fuese firmada por quien no posee los poderes suficientes, la doctrina jurisprudencial ha aceptado la ratificación de ese escrito por parte de la persona debidamente apoderada.

Subsanación de defectos. El artículo 55.2 del ET permite al empresario, que realizó el despido inobservando los requisitos establecidos, proceder a un nuevo despido en el que cumpla fielmente con aquellos requisitos. Ahora bien, este nuevo despido sólo surtirá efectos desde su fecha , y sólo puede efectuarse en el plazo de veinte días, a contar desde el siguiente al del primer despido. El nuevo despido conllevará para el empresario las siguientes obligaciones:



  • Deberá poner a disposición del trabajador los salarios devengados desde la fecha del primer despido hasta la fecha del segundo.


  • Mantener al trabajador durante dichos días en alta en la Seguridad Social.

Notificación.La finalidad de la notificación es la de facilitar al trabajador el conocimiento de la decisión del empresario de proceder a su despido disciplinario basado en uno o varios incumplimientos contractuales graves y culpables, haciendo posible su defensa ante tales imputaciones.

despidos

DESPIDO DISCIPLINARIO INDIVIDUAL

Podemos definirlo como una decisión unilateral del empresario que rescinde el contrato de trabajo a un empleado suyo como consecuencia de un incumplimiento grave y culpable de aquél.

CAUSAS DEL DESPIDO.

Las faltas repetidas e injustificadsa de asistencia o puntualidad al trabajo.

EJEMPLO:

Empresas que sancionan a un trabajador con un despido disciplinario por faltas de asistencia y puntualidad. Presentada demanda de conciliación por el trabajador contra ese despido, en el acto de conciliación la empresa se aviene a considerar el despido como improcedente, optando por la readmisión-Posteriormente no puede sancionar al trabajador por las mismas causas que le imputaba, pues al reconocer la improcedencia, reconoció la no comisión de la falta o la no gravedad de la misma.

La doctrina jurisprudencial sobre este supuesto puede resumirse en tres puntos:

1)Se califican de injustificadas las ausencias al trabajo aunque estén basadas en enfermedad del trabajador, si éste pudiendo hacerlo no comunica a la empresa tal situación, pues:"si bien la enfermedad exime de acudir al trabajo no libera de la obligación de ponerla en conocimiento del empresario para que tome las medidas precisas)

2)Si la empresa ha tenido conocimiento cierto y puntual de la enfermedad del trabajador, no puede operar como causa de despido la no presentación de los partes de confirmación

3)La voluntaria no reincorporación dentro del plazo una vez obtenido el correspondiente parte de alta supone que el trabajador incurre en la causa de despido.

EJEMPLO DE DESPIDO PROCEDENTE BASADO EN ESTA CAUSA:

Trabajador que se va de vacaciones desde el 13 al 21 de julio sin la debida autorización de la empresa

La indisciplina o desobediencia en el trabajo.

Se exige que en la desobediencia hayan concurrido las siguientes circunstancias:

1)Que la desobediencia sea injustificada, ya que, la causa de justificación en la acción obediente abre el camino para una sanción intermedia,o que no se haya cometido tal falta si se prueba que la orden desobedecida atentaba contra su dignidad personal y profesional.

2)Que la desobediencia sea grave y trascendente, circunstancia que viene exigida con carácter general por el artículo 54.1 del ET.

3)Que la desobediencia sea culpable, esto es, imputable directamente al mismo y del que ha de ser responsable.

Desobediencia culpable es "la intención dolosa o culpable y con plena conciencia, esto es la voluntad clara e inequívoca del trabajador de incumplir la orden" .

Las ofensas verbales o físicas al empresario u otras personas que trabajan en la empresa.

Transgresión de la buena fe contractual, así como el abuso de confianza en el desempeño del trabajo.

En esta causa de despido caben atribuirse multitud de hechos, siempre y cuando afecten a la frontera de la buena fe contractual mutua y recíproca, no obstante, en la práctica diaria se han venido articulando diversos supuestos que se repiten y que pueden ser considerados como "supuestos de hecho fijos" dentro del ámbito de esta causa de despido.

Estos supuestos son:

a)El manejo habitual del dinero por el trabajador. Apropiación indebida.

b)Realización de actividades o trabajos en situación de incapacidad temporal.

c)Concurrencia desleal.

d)Abuso del derecho por los representantes de los trabajadores.

Concurrencia desleal se denomina a la actividad consistente en realizar tareas laborales de la misma naturaleza o rama de producción de las que está ejecutando en virtud del contrato de trabajo sin consetimiento del empresario.La disminución continuada y voluntaria en el rendimiento de trabajo normal o pactado.

El artículo 5-a) del ET establece que, entre los deberes básicos del trabajador, el mismo ha de cumplir con las obligaciones concretas de su puesto de trabajo de conformidad con las reglas de buena fe y diligencia.Estas obligaciones concretas de su puesto de trabajo están íntimamente relacionadas con la causa de despido basada en el incumplimiento por parte del trabajador de su rendimiento normal en el desempeño de su puesto de trabajo o el rendimiento que se hubiere convenido o pactado con la empresa.

martes, 10 de noviembre de 2009

Los desafíos para la mujer trabajadora, en la actualidad, son realmente “interesantes”. Los tiempos han cambiando, y de a poco también cambian las realidades de la historia en torno a la mujer en el empleo. Hoy, muchas mujeres son las que son ejecutivas, lideran, ocupan puestos claves y con importantes responsabilidades. Y todo esto son grandes retos para las mujeres, ya que un pasado y presente, un tanto machista, no colabora mucho.
Lo malo para la sociedad, lo realmente peligroso es aquello que se aplaude o que pasa desapercibido.
Para muchos son importantes los ideales; refiriéndonos a la mujer:La emancipación de ésta¿no se toma en mala parte?.
Tendemos a considerar como modelo de perfección femenina a la que es buena mujer de su casa. Pero esta concepción de la mujer es adecuada para una sociedad que está organizada para la guerra. Pero cuando hay paz, se necesita que sea algo más "por todo pueblo que avance rápida y regularmente hacia la justicia" ( Concepción Arenal ).
" En nuestra época agitada creemos que sin mucha impropiedad podría compararse esta mujer excelente a un aparato que, en medio del mar tempestuoso, mantuviese la nave a flote, pero que no le permitiera andar" ( Concepción Arenal ).
La mujer tiene mucha influencia en la esfera de la moral;eso sí, sus obligaciones se reducen a las de la familia, fuera de ésta no las tiene.
La mujer en la sociedad es un ser que se entera de las consecuencias de los acontecimientos y sucesos pero no de las causas. Por eso no le importa contribuír a la obra social
La causa de la falta de educación de la mujer hace que ésta y el hombre sean más desgraciados y así también lo sea la sociedad.


La mujer no puede participar en la política. A medida que el hombre se educa, se purifica, así la mujer cuyas facultades intelectuales se eduquen también necesita que se eduquen sus instintos para seguir siendo dulce, benévola.


Estamos en una época de transición, así las mujeres se quejan de la tiranía de sus maridos y éstos de la desobediencia de las mujeres. El matrimonio funcionaría mucho mejor si la mujer fuese educada. La educación de las mujeres hasta aquí, la costura, francés, dibujo, se pierden al casarse, se olvidan de todo, bueno, excepto de la costura.


Una mujer debe aprender a repartir bien el tiempo para atender a las labores de su casa y a instruirse en trabajos mentales.


Ella será mejor madre cuanto más claro sea su intelecto y más amplio su horizonte del saber. La mujer al cultivar su inteligencia no es peor madre. El amor hacia una madre es algo que conmueve, es lo más grande que hay en el mundo moral, por eso es compatible con la perfección del entendimiento.

lunes, 9 de noviembre de 2009

Después de considerarla infinitamente frágil, el hombre siente un vacío inmenso al preguntase si la mujer podrá alcanzar la intelectualidad y sabiduría de éste; es decir servirle de auxilio a la suya. La mujer no ha tenido oportunidad de demostrar hasta dónde puede llegar en el plano intelectual porque éste le ha sido negado, sólo en los planos del sentimiento y de la honradez ha podido demostrar su capacidad. En el trono y en el teatro, que es donde han podido brillar los talentos de la mujer lo hacen casi siempre al par de los del hombre. Esto plantea la pregunta de si en otros terrenos vedados para ellas no alcanzarían igual magnitud.
La supuesta inferioridad de la mujer en el ámbito intelectual tiene fatales consecuencias. Ante la ley el hombre y la mujer son iguales, sin embargo la ley la trata como menos en muchos casos. La ley prohíbe a la mujer el ejercicio de todas las profesiones, sólo en estos últimos tiempos ( del siglo XIX) se la ha creído apta para enseñar a las niñas las primeras letras .Aunque el trabajo que exige grandes esfuerzos físicos está considerado para los hombres, las mujeres en cambio llevan grandes pesos, sobre todo en algunos países: son lavanderas etc “ Hija no puede auxiliar a sus padres ancianos; esposa, no puede ayudar al esposo; madre, se ve en el mayor desamparo , si la muerte la deja viuda o la perversidad de su marido la abandona.”(Concepción Arenal).
La mujer se ve llevada, en el mundo civilizado y cristiano, a un amor en el que tiene mucha importancia la parte afectiva de su alma, pero que no sería igual si pudiese participar en él también el intelecto, otra educación. La mujer es considerada inferior, ésta no puede ser amiga del hombre.
Las mujeres van al matrimonio con la desventaja de una inteligencia no cultivada. Los hijos llegada la hora de elegir su camino hacen caso al padre, no a la madre, para la que la razón es su enemiga.
La mujer puede llegar a ser un tirano para el hombre, lo cual no sería así si la convirtiese en más racional, porque hablamos de un tirano del corazón, algo que ella puede llegar a tomar como un pasatiempo más del mundo en que vive.
Esta mujer de ahora, la mujer de la transición, quiere comprender las armonías de la tempestad. Y a medida que el hombre se ilustra, se civiliza, se hace mejor, mejora la condición de la mujer, le da derechos y le reconoce más semejanza.

jueves, 5 de noviembre de 2009

LA EVOLUCIÓN DEL SIGLO XX
1 .LOS COMIENZOS DEL SIGLO. EL ANARCOSINDICALISMO.
Tenemos un contraste de una España interior pobre y analfabeta frente a una costa que va progresando y en donde van apareciendo los núcleos urbanos más importantes.
El país se encuentra sumido en grandes problemas de tipo político y el Rey tiene que enfrentarse a:
· La Semana Trágica de Barcelona.
· La Primera Guerra Mundial. España fue neutral, lo cual hizo que progresase en todos los sentidos.
· La Guerra de Marruecos. Nunca sentó bien en el pueblo.
· Trienio Bolchevique, en los que hubo grandes disturbios obreros y huelgas generales.
· Golpe de Estado en España (1923), golpe dado por Primo de Rivera que aumenta con el apoyo del rey Alfonso XIII y de la derecha.
Estructura social:
1. La vieja aristocracia terrateniente(viven en el campo, caciques del pueblo).
2. La alta burguesía.
3. Clases medias.
4. Clase obrera.
5. Proletariado.(Obreros) Tienen un auge importante y se localizan en la urbe aunque tienen unas condiciones de vida penosas a pesar de haber conseguido logros como la jornada de 9 horas y media o posteriormente en 1919 la jornada de 8 horas. Son grupos que se agrupan cada vez más en las centrales sindicales.: socialistas y anarquistas.
LA IMPLANTACIÓN DEL MOVIMIENTO OBRERO.
· 1902-1923. Alfonso XIII. Esta etapa se caracteriza por la implantación del movimiento obrero. Es un momento de consolidación definitiva de los sindicatos.
Es una época marcada por la Primera Guerra Mundial que, pese a que España no va a participar en ella, esta guerra va a cambiar las estructuras económicas y sociales españolas.
Se consolidan las ORGANIZACIONES PATRONALES.
El perfil del trabajador español es en este momento el trabajador de las pequeñas empresas, de carácter familiar , que se escapan mucho más al control del sindicato.
EVOLUCIÓN DEL SOCIALISMO.
Dentro del proletariado tenemos dos divisiones: Socialistas y anarquistas.
El socialismo consta de Partido Socialista y UGT. Durante mucho tiempo Pablo Iglesias fue presidente de ambos. Las juventudes socialistas fundan el Partido Comunista Español (PCE) que se une al PCOE, fundándose en 1921 el PCE.
La diferencia entre los socialistas y los anarquistas , aunque ambos intentan desarrollar el mundo de los trabajadores es que el PSOE es dialogante y el anarquismo opta por la violencia.
LAS ORGANIZACIONES PATRONALES.
Los patronos estuvieron apoyados por el Gobierno porque no existía política laboral
En 1914 se crea en España la Confederación Nacional Española con sede en Madrid. Agrupa empresarios de industria, comercio, agricultura y profesiones laborales.

2. DICTADURA DEL GENERAL PRIMO DE RIVERA.
A Primo de Rivera le preocupa por un lado la conflictividad y termina con ella mediante la censura y represión y concede a los trabajadores una serie de beneficios llamados “política paternalista”.
Sus grandes fuentes de apoyo son: Las corrientes socialistas: su papel fue el apoyo definitivo a la dictadura .Cuando llega la dictadura la mayoría decide adaptarse al Régimen y sobrevivir.
La corriente anarquista : el grupo anarquista permanece semiclandestino. El 1 de mayo de 1924 se prohíben las manifestaciones y se clausuran los locales de los anarquistas pasando a la total clandestinidad.
Partido comunista español, su trayectoria durante la dictadura es ilegalizada. Lo que supone no tener locales , no disponer de un periódico, no tener líderes visibles. En cuanto al sindicalismo el PCE al no tener sindicato propio decide apostar por la CNT dejando claro que había que reorganizarlo desde su base.
Quizás el apoyo más importante que tuvo Primo de Rivera fueron los empresarios, ya que querían acabar con las oleadas de huelgas.
FIN DE LA DICTADURA.
A FINALES DE 1929 Primo de Rivera está enfermo y agotado, con una crisis económica y política en el país, y por eso decide abandonar y dimitir. El rey decide poner a otro militar, un general llamado Dámaso Berenguer.
Se abre una nueva etapa conocida como “LA DICTABLANDA” ya que se mantendrá la dictadura pero de forma más relajada. Es una etapa de transición hacia la República. El 14 de abril de 1931 se declara oficialmente la República.

3 .LA SEGUNDA REPÚBLICA.
La misión fundamental de la República es acabar con todos aquellos obstáculos que impedían crear una sociedad democrática.
A juicio de muchos historiadores eran fundamentalmente tres los obstáculos:
· Iglesia Nacional: por la gran influencia que tenía en la época.
· Ejército poderoso
· El latifundismo
Quedó truncada por la Guerra Civil el 18 de Julio de 1936.
EL MOVIMIENTO OBRERO EN LA II República.
Tres ministros del PsOE estuvieron en el Gobierno, lo cual fue favorable debido a que trajo avances.
En los primeros años de la República el PSOE aumentó sus afiliados, así en 1932 contaba con 75000 afiliados y en 1936 tenía mas de 100000 de afiliados.
El PSOE realiza un congreso y presenta un programa en el que solicita el establecimiento de un seguro social para dar cobertura a los trabajadores.
En 1933 nace la Unión Nacional Económica, que es una organización que integra a grandes empresarios y asociaciones de patronos, donde van a prevalecer los intereses de las grandes empresas.

4. LAS RELACIONES LABORALES DURANTE EL FRANQUISMO
La dictadura tiene dos etapas claras:
· 1936/1956. El mundo del trabajo va a quedar organizado en cuatro grandes columnas:

1. Cuando se publica el fuero del trabajo: es una ley que expresa las bases del nuevo sindicalismo, claramente inspirado en la Falange y el fascismo. Las nuevas bases son las que reafirma la autoridad patronal, da poder absoluto a los empresarios, establece el derecho al trabajo y seguridad en el trabajo haciendo difícil el despido.
2. Ley de Contratos de Trabajo (1944) fue otra herramienta para la intervención estatal, implanta el salario mínimo y sirve de apoyo en la política controladora.
3. Las Magistraturas de Trabajo.
4. El sindicato vertical. El sindicato tenía una sección social para los trabajadores y una sección económica para los empresarios.

· 1956/1975. Empieza una etapa más aperturista. Se intenta sacar a España de su aislamiento. En 1958 se aprueba la Ley de Convenios Colectivos. En 1959 nace USO formada por trabajadores católicos descontentos con la dictadura

5. LA ÉPOCA DE LA TRANSICIÓN
El 20 de Noviembre de 1975 muere Franco. A finales del franquismo surge C.C.O.O, las organizaciones clandestinas empiezan a reorganizarse en el extranjero. Aumenta el número de huelgas. Se empieza a preparar el país hacia el régimen democrático. Se establecen los Pactos de Moncloa. Los partidos políticos apoyan aquí la democracia y elaboran una Constitución y luego elecciones.
En 1977 Adolfo Suárez disuelve el sindicato vertical del franquismo y se aprueba una ley con la que quedan legalizados los sindicatos.
Se celebran elecciones sindicales, ganan primero CCOO y segundo UGT. Con los comienzos de la democracia la Constitución y las elecciones se ponen en marcha y también la renovación de todo sistema laboral. El mundo laboral va a quedar regulado por varias piezas básicas que se irán regulando por la Constitución Española del 78 que en sus artículos:
· Artículo 7.existencia del sindicato
· Artículo 28 derecho de huelga.
Otra ley básica es el Estatuto de los trabajadores de 1980.